Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2013
Fecha: 05-Jun-2013
II.4.
II.4. El 6 de marzo de 2012, la accionante interpuso recurso de apelación contra la Resolución Final “12/2012”, pronunciada por la Comisión Sumarial, que ameritó Resolución de 17 de marzo de 2012, que confirma la misma y fue emitida por también por la Comisión Sumarial, siendo notificada mediante cédula (fs. 727 a 736). En ese entendido, mediante Resolución Rectoral 002/12 de 27 de abril de 2012, se dispone la ejecución de la Resolución Final, para proceder con la expulsión de la accionante, dejando constancia que no existe otro recurso que impida la ejecución de dicho fallo (fs. 722).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- revocar
- I.3.1. Ratificación de la acción
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección.
- a través de la cual la acción puede ser presentada sin excepción contra todo servidor público o persona individual o colectiva
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR