SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2013

Fecha: 20-Jun-2013

Fragmento 12

         En el desarrollo del proceso penal, la vulneración del debido proceso implica el quebrantamiento de los derechos y garantías constitucionales del justiciable. Bajo ese entendimiento, se debe tener presente que, la acción de libertad protege el debido proceso, siempre que su vulneración repercuta en el derecho a la libertad física o de locomoción del encausado, en tal sentido, la jurisprudencia constitucional, a través de la SCP 0037/2012 de 26 de marzo, señaló que: “…la naturaleza jurídica de la acción de libertad, se desprenden los siguientes presupuestos de activación de este mecanismo de defensa: 1) Cuando considere que su vida está en peligro; 2) Que es ilegalmente perseguida; 3) Que es indebidamente procesada; y, 4) O privada de libertad personal o de locomoción.