SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2013
Fecha: 20-Jun-2013
a)
Solicita se conceda la tutela y se ordene a los accionados: a) Revoquen el memorándum de conclusión laboral 359r/2012 ordenando su reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba al momento del ilegal despido (Director adjunto de la Secretaría de Desconcentración Municipal) o se le otorgue otro cargo de igual jerarquía con el mismo nivel salarial; b) El pago de sus salarios devengados desde el 5 de octubre de 2012, pago de los treinta dos días de las vacaciones acumuladas y pago de aguinaldo completo de 2012 y demás derechos sociales; c) Que no se afecte su ubicación en su puesto de trabajo para que no sea declarado en comisión en un cargo de menor jerarquía; y, d) Se mantenga su antigüedad y se restituyan sus derechos lesionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la excepción al principio de subsidiariedad en caso de progenitores
- derecho a la vida
- derecho a la seguridad social
- todo trabajador del sector público o privado, tiene derecho a contar con las prestaciones de corto plazo previstas por el Código de Seguridad Social; más aún en el caso de una mujer trabajadora embarazada o como progenitor lo que ocurre en el presente caso
- Fragmento 21
- III.6. Derecho a la inamovilidad laboral
- derecho de inamovilidad laboral
- Fragmento 24
- III.7. Derecho al trabajo
- Fragmento 26
- III.8. Análisis d
- 2º Disponer