SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.7.  Derecho al trabajo

Sobre este derecho la jurisprudencia constitucional, determinando el carácter del mismo: "…no implica la obligación del Estado de otorgar a todos los ciudadanos un puesto de trabajo, sino que lo obliga a adoptar políticas que favorezcan la creación de puestos de trabajo tanto en el sector público como privado, y a tutelar este derecho fundamental contra actos que priven o restrinjan el ejercicio de este derecho o actitudes discriminatorias, a fin de garantizar iguales oportunidades para conseguir y tener estabilidad en un puesto de trabajo, en mérito al cumplimiento de los requisitos generales exigidos para el mismo” (así la SC 0203/2005-R de 9 de marzo).

Por su parte la SCP 2132/2012 de 8 de noviembre, determinó: “En ese sentido el ejercicio del derecho al trabajo y su protección, configuran una parte del universo de situaciones que conllevan a la materialización del vivir bien; por cuanto, la remuneración o salario justo, permiten asegurar para sí y su familia una existencia digna; por ello, dentro de las fines del Estado, se encuentra la protección al ejercicio del trabajo en todas sus formas”.