SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2013
Fecha: 20-Jun-2013
i)
El abogado de los demandados en audiencia manifestó: i) El accionante trabajó en la Alcaldía como funcionario provisorio desde el 19 de agosto de 2002, por lo que conforme al art. 59 de la Ley de Municipalidades (LM); el Alcalde codemandado puede despedir al personal administrativo de libre nombramiento; ii) El 9 de octubre de 2012, el accionante solicitó el pago de vacaciones y duodécimas; iii) Cómo el Gobierno Autónomo Municipal iba a realizar el trámite de reincorporación, si previamente en forma voluntaria el accionante ya realizó los trámites del retiro de su fuente laboral del Municipio. Trámite que es voluntario, prueba de ello es que devolvió todos los activos fijos que le fueron asignados para el desempeño de sus funciones conforme a la certificación del departamento de bienes patrimoniales, iniciando también en forma voluntaria el trámite de no deudor en la Contraloría General del Estado donde obtuvo la certificación respectiva; iv) El accionante después de haber sido notificado con el memorándum de retiro solicitó el pago de sus vacaciones y todos sus beneficios llegando por ello el Gobierno Municipal a emitir el respectivo cheque que se encuentra en Secretaría; y, v) En ningún momento la entidad Municipal se hubiera opuesto a su reincorporación; sin embargo, fue a solicitud propia los actos consentidos del accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la excepción al principio de subsidiariedad en caso de progenitores
- derecho a la vida
- derecho a la seguridad social
- todo trabajador del sector público o privado, tiene derecho a contar con las prestaciones de corto plazo previstas por el Código de Seguridad Social; más aún en el caso de una mujer trabajadora embarazada o como progenitor lo que ocurre en el presente caso
- Fragmento 21
- III.6. Derecho a la inamovilidad laboral
- derecho de inamovilidad laboral
- Fragmento 24
- III.7. Derecho al trabajo
- Fragmento 26
- III.8. Análisis d
- 2º Disponer