Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013
Fecha: 20-Jun-2013
ARTICULO 4º.-
ARTICULO 4º.- El Fondo de Desarrollo Campesinos Residual y las Instituciones o entidades públicas que tuviesen Cartera correspondiente a pequeños agricultores y productores campesinos generada con recursos públicos provenientes de las instituciones y entidades señaladas en el Artículo 2º de la presente Ley, quedan encargadas de realizar la condonación en la presente Ley, así como de realizar los trámites necesarios que liberen a los pequeños agricultores y productores campesinos de la deuda condonada y de las garantías gravadas, quedando liberado todo tipo de tasas y gravámenes ante los registros que correspondan.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- “
- ARTICULO 2º.-
- ARTICULO 3º.-
- ARTICULO 4º.-
- ARTICULO 5º.-
- ARTICULO 6º.-
- ARTICULO 7º.-
- ARTICULO 8º.-
- Artículo 2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- Estado
- REVOCAR