SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013

Fecha: 20-Jun-2013

ARTICULO 8º.-

ARTICULO 8º.- Las entidades e instituciones públicas u órganos en liquidación, comprendidas en los Artículo 4º y 5º de la presente Ley, emitirán un estado y detalle de créditos referidos en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días a partir de la publicación de la presente norma, expidiendo las certificaciones correspondientes y reportes a la Superintendencia de bancos y Entidades Financieras para fines de baja en la central de riesgo”.