SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2013
Fecha: 20-Jun-2013
II.6.
II.6. Por Auto Supremo 16 de 22 de febrero de 2012, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declaró improcedente el recurso interpuesto por COTAS Ltda. bajo el argumento que el recurrente en forma confusa solicitó casación en la forma o de nulidad, omitiendo precisar y diferenciar las normas legales violentadas de las que se basa y aplica en la solicitud del recurso, haciendo alusión general sin distinguir la violación, la interpretación errónea y la aplicación indebida de la ley, limitándose a transcribir y anotar de manera general y desordenada normas legales; llegando incluso a no diferenciar entre el error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, además de referirse erróneamente al Auto de Vista recurrido con el número 234, siendo lo correcto el Auto de Vista 124/2011, pretendiendo que el Tribunal Supremo ingrese a censurar la apreciación y valoración de la prueba, realizada por los jueces de grado (fs. 66 a 70).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- 2)
- 4)
- i)
- ii)
- g)
- h)
- 3)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho a la tutela judicial efectiva
- III.4. Los mecanismos de exigibilidad de las sentencias constitucionales emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.5. Identidad de sujetos, objeto y causa como parámetro para determinar la intervención del Tribunal Constitucional Plurinacional en casos similares
- REVOCAR