Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2013
Fecha: 20-Jun-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 12/2013 de 15 de marzo, cursante de fs. 92 a 94, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Lourdes Orosco Huanca en representación sin mandato de Bladimiro Vega Plata contra Ramiro Llanos Moscoso, Director General del Régimen Penitenciario; Rudy Argote Butkovic, Director a.i. del Centro Penitenciario “San Pedro de Chonchocoro”; y, Delia Cecilia Illanes Choquetijlla, Rubén Herrera Medrano y Lucya Zúñiga Clavel miembros del Consejo Penitenciario del citado Centro Penitenciario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Otros aspectos tutelados por la acción de libertad
- “El Director General de Régimen Penitenciario, excepcionalmente, podrá disponer el traslado inmediato de una privada o privado de libertad a otro recinto penitenciario, cuando exista riesgo inminente de su vida o cuando su conducta ponga en riesgo la vida y seguridad de los otros privados de libertad”
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR