Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2013
Fecha: 20-Jun-2013
II.6.
II.6. El 5 de marzo de 2013, Ramiro Llanos Moscoso, Director General del Régimen Penitenciario, mediante informe 124/2013 dio a conocer que la Dirección General de Régimen Penitenciario emitió la RA 73/2013 de 4 de marzo, disponiendo el traslado del accionante, por lo que solicitó al Juez del Tribunal Primero de Sentencia de La Paz la ratificación de la referida Resolución Administrativa (fs. 55 a 59).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Otros aspectos tutelados por la acción de libertad
- “El Director General de Régimen Penitenciario, excepcionalmente, podrá disponer el traslado inmediato de una privada o privado de libertad a otro recinto penitenciario, cuando exista riesgo inminente de su vida o cuando su conducta ponga en riesgo la vida y seguridad de los otros privados de libertad”
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR