SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.3. Otros aspectos tutelados por la acción de libertad

La importancia del derecho a la vida, deviene de su naturaleza primaria, pues se constituye en una condición del ejercicio de los demás derechos, por ello como todos los derechos subjetivos, debe interpretarse de conformidad con los principios de dignidad y el vivir bien, conforme a la Constitución, independientemente a la identidad cultural (art. 190.II) o creencia política o religiosa. No se reconoce cualquier forma de vida, sino únicamente la vida digna, es decir la dignidad acompaña de manera integral al ser humano en su interacción social, es decir en la salud (art. 35.I CPE), en el trabajo (art. 70.4), en la educación (art. 78.IV), en la vivienda (19.I), etc., lo que incluye por supuesto a las personas privadas de libertad, entre ellas los detenidos preventivamente, cuyas condiciones de detención deben tender a conservar la dignidad humana y sobre todo el derecho a la vida” (SCP 0257/2012 de 29 de mayo).

Asumiendo tales consideraciones la SCP 0374/2013 de 25 de marzo, estableció que también es objeto de la acción de libertad el: “…corregir condiciones agravantes de la reclusión de los que se encuentren restringidos de libertad, '…buscando la supresión de condiciones de maltrato, así como la optimización de aspectos que mejoren la calidad de vida digna y seguridad de los detenidos, aprehendidos, acusados y condenados, tomando en cuenta que el único derecho que se encuentra legalmente suprimido es el derecho de la libertad personal y de locomoción, encontrándose subsistentes todos los demás derechos inherentes a la persona…”,  en tal sentido, la acción de libertad, no sólo está dirigida a buscar la libertad de las personas, sino a corregir determinadas situaciones que resultan desfavorables para quienes se encuentran privados de libertad, actos que tienden a agravar de manera ilegal o arbitraria la manera en que vayan a cumplirse las penas privativas de libertad.