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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2013

    Fecha: 20-Jun-2013

    II.3.

    II.3.  De acuerdo a lo expresado por el accionante, en su memorial de acción de libertad, éste habría interpuesto recurso de apelación contra la referida Resolución, en la misma audiencia de medidas cautelares; sin embargo, de la revisión del acta de audiencia, se verifica que el abogado del accionante simplemente hizo una “enunciación” de presentación del recurso, y no así la interposición propiamente dicha (fs. 5 a 8 vta., y 20 a 23 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  Las reglas de subsidiariedad excepcional en las acciones de libertad
    • b) Al haber privación de libertad y evidente negligencia o dilación por parte de las autoridades que rigen la actividad procesal penal, -por ejemplo si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias-“(
    • III.3.
    • procede la detención preventiva; previo cumplimiento de las exigencias establecidas por ley y por tanto se encuentren presentes los siguientes presupuestos procesales:
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • b)
    • 2º  DISPONER

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