Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2013
Fecha: 20-Jun-2013
III.4. Análisis del caso concreto
En el caso presente, el accionante denuncia que se habrían vulnerado sus derechos fundamentales, al no haberse remitido a tiempo y dentro del plazo previsto por ley su recurso de apelación contra el Auto de 6 de febrero de 2013, que dispuso su detención preventiva. Ahora bien, antes de ingresar a conocer el fondo de la problemática planteada, y a efectos de cumplir con las exigencias previstas por la jurisprudencia respecto al tema de la subsidiariedad excepcional, se deben realizar las siguientes consideraciones:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Las reglas de subsidiariedad excepcional en las acciones de libertad
- b) Al haber privación de libertad y evidente negligencia o dilación por parte de las autoridades que rigen la actividad procesal penal, -por ejemplo si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias-“(
- III.3.
- procede la detención preventiva; previo cumplimiento de las exigencias establecidas por ley y por tanto se encuentren presentes los siguientes presupuestos procesales:
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- 2º DISPONER