SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2013

Fecha: 20-Jun-2013

concedió en parte

La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 03/13 de 5 de marzo de 2013, cursante de fs. 720 a 725, concedió en parte la acción de amparo constitucional, disponiendo la adecuación de la designación del custodio temporal o depositario a las normas pertinentes, que se otorgue el trámite correspondiente a las peticiones efectuadas por el accionante de acuerdo a las normas que rigen la materia y conforme el principio de publicidad e inmediatez y en el plazo legal establecido al efecto, en base a los siguientes fundamentos: a) El cumplimiento del debido proceso administrativo importa la notificación oportuna de los actos administrativos, concretamente de la RA 238/2012 de julio, con la finalidad de que el accionante puede ejercer eficazmente su derecho a la defensa; b) Toda autoridad incluida la administrativa, debe actuar con publicidad en todas las peticiones que efectúan las partes, que si bien el proceso administrativo se rige por el principio de informalidad, sus solicitudes deben ser objeto de proveídos o resoluciones, como parte de su derecho a ser oídos; c) Con relación a la inaplicabilidad de la RA 238/2012 de 3 de julio y el reconocimiento de su derecho propietario, no le corresponde a la jurisdicción constitucional ingresar a aspectos reservados a la jurisdicción agraria, máxime si al presente el proceso de saneamiento no concluyó; y, d) Respecto a la subsidiaridad, se tiene que en el presente caso este elemento se encuentra relativizado, pues como se dijo el proceso de saneamiento no concluyó con resolución final, y que si bien algunas solicitudes expresas hechas por el accionante ante las autoridades del INRA, que no fueron oportunamente concedidas, mismas que deberán ser considerados dentro del ámbito del derecho a la petición.