SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2013

Fecha: 20-Jun-2013

i)

Fremiodt Freddy Salazar Vallejos, por memoriales presentados el 14 y 15 de febrero de 2013, cursantes de fs. 381 a 383 vta.; y, fs. 420 a 424 vta., así como en audiencia expresó lo siguiente: i) El accionante carece de legitimación activa, ya que de acuerdo a la documentación presentada por este, se demuestra que jamás ha sido parte del proceso de saneamiento, de predios ubicados en la provincia Cordillera, cantón Izozog, propiedades ajenas a la documentación de su compraventa judicial, pues de acuerdo con varios informes técnicos de la revisión del expediente 15171, se determinó la inexistencia de sobreposición de los predios reclamados por el accionante, al no tratarse de la misma área de saneamiento; y, ii) La Resolución Suprema (RS) 223060 de 28 de marzo de 2006, en proceso de saneamiento anuló el título ejecutorial del predio “Santa María-Puerto Granado”, emitido a favor de Luis Federico, Jaime y Carlos del Granado Barrios, otorgándose vía conversión nuevo título ejecutorial a favor de José Antonio Gutiérrez Chávez, situación consolidada por la Sentencia Agraria Nacional SAN-S1a-018-2006 de 26 de abril; y, 3) En el presente caso, el procedimiento administrativo agrario prevé la emisión del informe en conclusiones, resolución final de saneamiento, emisión del título ejecutorial y la instancia ante el Tribunal Agroambiental, que no fueron agotados por el accionante, por lo que solicitó se deniegue la tutela impetrada.