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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0936/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0936/2013

    Fecha: 24-Jun-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • conceda
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Límites de la jurisdicción constitucional frente a la jurisdicción ordinaria
    • la jurisdicción constitucional dentro del marco de la Constitución Política del Estado, tiene competencia para conocer, dentro de las acciones de amparo constitucional, las resoluciones pronunciadas por los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria, agroambiental, indígena originaria campesina, cuando se lesionan derechos fundamentales y garantías constitucionales; empero, ese control debe estar limitado por ciertos parámetros con la finalidad de no invadir las competencias de la jurisdicción ordinaria”
    • III.3.  La interpretación de la legalidad ordinaria, la valoración de la prueba y la jurisdicción constitucional
    • Dicho de otro modo, la interpretación de la legalidad ordinaria o de las normas legales infra constitucionales, es atribución exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios; no siendo posible que esta interpretación sea conocida por la jurisdicción constitucional como una instancia de casación; siendo únicamente objeto de análisis cuando efectivamente el caso concreto alcanza relevancia constitucional, por evidente afectación a algún derecho fundamental o garantía constitucional
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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