Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0978/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y se disponga que los Concejales demandados, dejen sin ningún efecto legal las Resoluciones Municipales 115/2012, 116/2012 y 117/2012; y consiguientemente, se le restituya en el cargo de Concejal titular y como Alcalde a.i. del municipio de La Guardia, con reconocimiento del pago de sus haberes devengados, declarando expresamente la nulidad de las referidas Resoluciones Municipales, sea con responsabilidad civil y penal, debiendo establecerse el monto indemnizable y la remisión al Ministerio Público.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La solicitud de reconsideración y el silencio administrativo negativo
- III.2. La teoría del hecho superado en la acción de amparo constitucional
- debe establecerse que en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la teoría del hecho superado, reconocida por la línea jurisprudencial antes señalada y por tanto en estas circunstancias, la tutela debe ser denegada”.
- III.3. La exigencia de presentación de las renuncias en forma personal
- III.4. Análisis del caso concreto