SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013

Fecha: 27-Jun-2013

en su tramitación

En el caso analizado, es evidente que el legislador, en la Disposición Transitoria Cuarta ahora impugnada, estableció un régimen de transición para los casos que cuenten con denuncia y no se encuentren resueltos, señalando que en su tramitación se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Ministerio Público abrogada; consecuentemente, las normas que deben ser aplicadas, tanto sustantivas como adjetivas, son las contenidas en la Ley Orgánica del Ministerio Público abrogada; decisión que bajo ninguna circunstancia lesiona la garantía jurisdiccional de irretroactividad de la ley desfavorable, sino que, al contrario, la respeta plenamente.

Por tanto, este Tribunal Constitucional Plurinacional no encuentra que los párrafos primero y segundo de la Disposición Transitoria Cuarta de la LOMP, rompa o lesione derecho alguno, puesto que, por las razones expuestas supra, no resultan ser contradictorios con ninguna norma constitucional, debido que, al señalar que los procesos disciplinarios que no cuenten con acusación serán tramitados y resueltos por la autoridad sumariante establecida en la nueva normativa, se respeta la garantía del juez natural y al señalar que los procesos en curso antes de la vigencia de la nueva Ley, deberán ser tramitados de acuerdo con la Ley abrogada, se respeta plenamente la garantía de irretroactividad de la ley.