SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013

Fecha: 27-Jun-2013

los casos que no cuenten con acusación;

En ese ámbito, el primer párrafo de la norma impugnada, establece que los casos en investigación en la vía disciplinaria y aquellos que no cuenten con acusación serán tramitados y resueltos por la autoridad sumariante establecida en la Ley vigente; de donde se desprende que existe una modificación respecto a la autoridad sumariante encargada de desarrollar el proceso disciplinario; sin embargo, conforme se aprecia, la misma Disposición Transitoria establece un límite para el cambio de autoridad, pues establece que sólo serán tramitados y resueltos por la nueva autoridad los casos que no cuenten con acusación; delimitación que de manera categórica permite afirmar que no existe lesión a la garantía del juez natural en su elemento a la predeterminación; pues, conforme a la interpretación efectuada en el anterior Fundamento Jurídico, dicha garantía no alcanza a la exigencia que las autoridades sean establecidas antes del hecho por el que se juzga a una persona, sino a que sean anteriores al inicio del juicio propiamente dicho y, en el marco de los procesos disciplinarios, la acusación o la resolución que dispone el procesamiento del funcionario, luego de una investigación preliminar, se constituye, estrictamente, en el inicio del juicio.

Conforme a ello, se comprueba que el primer párrafo de la Disposición Transitoria impugnada, de ninguna manera lesiona la garantía del juez natural, en su elemento a la predeterminación, más aún si se considera que dicha garantía tiene como objetivo el evitar la creación de juzgados o tribunales de excepción o comisiones especiales para el conocimiento de determinados casos; finalidad que bajo ninguna circunstancia se observa en la norma impugnada, pues el régimen transitorio fue establecido de manera general y no para un caso concreto, y sobre la base de criterios objetivos para delimitar la actuación de las nuevas autoridades sumariantes, como es la acusación.