SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013

Fecha: 27-Jun-2013

i)

Álvaro Marcelo García Linera, Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante memorial presentado en original el 12 de marzo de 2013, cursante de fs. 80 a 85, se apersonó y respondió a la presente acción, exponiendo lo siguiente: i) La función de las disposiciones transitorias es en principio temporal, sirven para regular los procesos de cambio en el sistema jurídico, tienen que ver con la aplicabilidad de otras normas, ya sea señalando la entrada en vigor de una disposición o al derogarla; es decir, reglamentan el tránsito de un orden jurídico a otro; su peculiaridad radica en que no reglamentan las conductas de los particulares, sino de las autoridades aplicadoras. En consecuencia, su validez mantiene temporalmente vigentes algunas normas derogadas, versando normalmente sobre materia procesal, en tanto se resuelven los casos pendientes previstos en el propio artículo transitorio; en mérito a ello, la Disposición Transitoria ahora cuestionada cumple esa función, estableciendo los casos de aplicación de la norma nueva, a fin de generar un tránsito sistemático y ordenado de un tipo de procedimiento disciplinario a otro, de acuerdo a normativa a implementarse;