SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2013-L

Fecha: 09-Jul-2013

II.2.

II.2.    Mediante la SCP 2095/2012 de 8 de noviembre, este Tribunal resolvió la acción de libertad presentada por el accionante contra la Jueza demandada, el 17 de mayo de 2011, signado en el sistema de gestión procesal con el número de expediente 2011-23691-48-AL; acción de defensa en la que se denunció la vulneración del derecho a la libertad física y de locomoción, alegando que encontrándose en ejecución de sentencia el proceso laboral, instaurado por William Iván Gallardo Vargas contra el SNC Residual representado por Félix Carlos Jemio Bacarreza; la autoridad judicial demandada, dispuso se emita el mandamiento de apremio en su contra en condición de Liquidador a.i. del SNC Residual, no obstante que mediante memorial de 23 de febrero de 2011, se le hizo conocer la situación de liquidación por la que atravesaba la referida institución, así como las disposiciones de la Ley 3506 y el DS 28947 de 25 de noviembre de 2006, que disponen la realización de una previa auditoría antes de efectuar el pago de los beneficios sociales; fallo constitucional que confirmó la Resolución 01/2011 de 18 de mayo, dictado por la Jueza Segunda de Sentencia Penal del Distrito Judicial        -ahora departamento- de Tarija, que concedió la tutela impetrada, señalando que la demandada, previo a emitir el mandamiento de apremio, debió observar y aplicar lo dispuesto por la normativa precedentemente mencionada, que regula los procedimientos a seguir para el pago de los beneficios sociales del ex trabajador del entonces SNC en liquidación -ahora Residual-, en consideración a la situación excepcional por la que atraviesa dicha institución, y que al no obrar de esta manera, se vulneraron los derechos reclamados por el accionante.