SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2013-L

Fecha: 09-Jul-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La representante alega la vulneración de los derechos del accionante a la libertad física y de locomoción, alegando que la Jueza demandada, dictó el Auto Interlocutorio de 29 de septiembre de 2011, disponiendo la cancelación de la obligación impuesta dentro del proceso laboral que motivó la interposición de la presente acción de defensa, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de dictar orden de apremio; situación que pone en peligro el derecho a la libertad de su representado, sin considerar la situación excepcional en la que se encuentra el SNC, y que no depende de la voluntad del obligado el cumplimiento del pago sino del procedimiento instituido por ley que involucra a los Ministerios de Obras Públicas y de Economía y Finanzas Públicas. En consecuencia, precisado la problemática corresponde  en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.