SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

Por Resolución 03/2011 de 19 de febrero, el Juez de Partido, Mixto Liquidador y de Sentencia Penal de Uyuni del Distrito Judicial -ahora departamento- de Potosí, declaró “improcedente” la demanda de amparo constitucional interpuesta por Fernando Nina Aguilar, quién apeló la referida Resolución, que venida en revisión a este Tribunal, a través del AC 0273/2011-RCA de 16 de septiembre, dispuso se admita la misma para seguir el trámite correspondiente conforme a derecho. Emergente de ello, el Juez de garantías pronunció la Resolución 003/2011 de 30 de diciembre, la que fue anulada a través de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1848/2012 de 12 de octubre, hasta que se señale nueva audiencia de acción de amparo constitucional y se cite al tercero interesado, consiguientemente en cumplimiento a dicha Sentencia, el referido Juez de garantías pronunció la Resolución 001/2013 de 9 de abril; por lo que, este Tribunal, en revisión de señalada Resolución, pronuncia la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.