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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2013-L

    Fecha: 15-Jul-2013

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    El representante de la accionante, ratificó en el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional, y añadiendo señaló, que el Tribunal Nacional de Disciplina del Ministerio Público, debió dar aplicación al art. 116 de la CPE; es decir, que debió aplicar la norma más favorable que le hubiera permitido a su mandante, ofrecer y producir prueba en apelación.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. El derecho a la defensa
    • Fragmento 17
    • III.3.  Derecho al trabajo y a la remuneración justa
    • III.4.   Sobre el derecho a ejercer la función pública
    • que debe entenderse en forma general y extensible a todo proceso judicial
    • Fragmento 21
    • tratándose de la tutela
    • cuando la tutela es rechazada o denegada, solamente puede hablarse de costas cuando se incurrió en temeridad
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • Dejar sin efecto
    • III.7.  Otras consideraciones

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