Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 14 de 8 de mayo de 2013, cursante de fs. 376 a 377 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rina del Rosario Rivera Bustamante contra Benjamin Saul Rosas Ferrufino, Rector, Reymi Luis Ferreira Justiniano ex Rector, Julio Eguez Justiniano, Jefe del Departamento Legal, Remberto Soto Pinto, ex Jefe del Departamento Legal; y, Humberto Cuellar Ríos, Asesor legal, todos de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades y servidores púbicos demandados
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- II.25.
- II.27.
- II.28.
- II.29.
- II.30.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Derecho al debido proceso
- III.2.2. Derecho a la defensa
- Fragmento 40
- no solo debe ser observado en instancias jurisdiccionales, sino también en administrativas
- Fragmento 42
- III.2.4. El derecho al trabajo
- laboral estable
- El Estado protegerá la estabilidad laboral
- III.3. La pertinencia y congruencia en las resoluciones
- III.4. La finalidad de la notificación
- III.5.
- III.5.1. Cumplimiento de la comunicación procesal a la accionante
- III.5.2. Congruencia, pertinencia y legalidad en las resoluciones del proceso sumario administrativo interno