SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

II.17.

II.17.    Mediante el Auto de 7 de octubre de 2010, Remberto Soto Pinto, Jefe del Departamento Legal, en vía de saneamiento y rectificación, al amparo del art. 37.I de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), señaló que la fecha correcta del Auto de 4 de “septiembre” de 2010 es 4 de octubre de ese mismo año, asimismo complementó dicho fallo indicando que no se allanaba a la recusación, y respecto al incidente de nulidad indicó que al haberse notificado en 5 de igual mes y año a horas 15:05 a la accionante con el Auto de apertura de 27 de septiembre del referido año, dio por válida dicha notificación; notificación con el Auto indicado a la accionante el 8 del mismo mes y año, en la oficina de Secretaria General según se desprende de la diligencia de notificación suscrita por Jorge Ariel Foronda Acosta (fs. 121 a 123).