SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
II.8.
II.8. Cursa el Auto de apertura de proceso administrativo interno de 8 de “septiembre julio” (sic) de 2010, suscrito por la sumariante Liliana Castro Melgar, donde se dispuso el inicio el proceso administrativo contra Raul Rojas Ascarrunz y la accionante ex Jefa del Departamento Legal, esta última por la presunta contravención al ordenamiento jurídico interno según los arts. 35 de la L1178, 65 inc. d), e) y f) del DS 23318-A, 105 incs. b), f), y h) y 126 del Reglamento interno de personal, resolución que en su considerando tercero indica que desde el 19 de febrero de ese año a la fecha, según el informe del asesor de la unidad legal, no se observa ninguna documentación posterior “constante” (sic) referente a la presentación de recursos ordinarios, extraordinarios, ante el órgano jurisdiccional, “…menos informe de dichas actuaciones ante la MAE en conformidad al art. 65 del DS 23318…” (sic) (fs. 67 a 69).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades y servidores púbicos demandados
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- II.25.
- II.27.
- II.28.
- II.29.
- II.30.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Derecho al debido proceso
- III.2.2. Derecho a la defensa
- Fragmento 40
- no solo debe ser observado en instancias jurisdiccionales, sino también en administrativas
- Fragmento 42
- III.2.4. El derecho al trabajo
- laboral estable
- El Estado protegerá la estabilidad laboral
- III.3. La pertinencia y congruencia en las resoluciones
- III.4. La finalidad de la notificación
- III.5.
- III.5.1. Cumplimiento de la comunicación procesal a la accionante
- III.5.2. Congruencia, pertinencia y legalidad en las resoluciones del proceso sumario administrativo interno