Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión de la Resolución 01/2011 de 6 de enero, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, por la que se declaró la improcedencia in límine de la presente acción tutelar; emitió el AC 0022/2012-RCA-SL de 14 de agosto (fs. 1245 a 1249), disponiendo que se admita la presente acción de amparo constitucional y que en resolución se determine lo que en derecho corresponda. Es así, que el Tribunal de garantías, emitió la Resolución 24/2013 de 10 de abril, misma que ahora se revisa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Alcance del principio de informalismo en la administración pública
- III.3. El cumplimiento inobjetable de la ley, como elemento que caracteriza al Estado de Derecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR