SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1127/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1127/2013

Fecha: 17-Jul-2013

III.2.

La accionante, expresa que se vulneraron los derechos invocados en la acción de amparo constitucional interpuesta, debido a que dentro de un proceso penal en el cual no es sujeto procesal, en audiencia de medidas cautelares, se dispuso la incautación de su inmueble, razón por la cual en la vía incidental reclamó su devolución, demostrando a tal efecto el origen lícito de la adquisición del bien y que fue con anterioridad al operativo antinarcóticos, en el cual se allanó su propiedad.

Por Auto 484/2011 de 22 de diciembre, se tuvo por probada la demanda incidental presentada por la ahora accionante y en cumplimiento del mismo demostró mediante documentación la adquisición del inmueble con anterioridad a la incautación ordenada; sin embargo, las autoridades demandadas no dieron cumplimiento a esa Resolución.

Además, considera que las actuaciones del representante de DIRCABI, son nulas por cuanto no es parte en el proceso penal del cual emergió la incautación reclamada de ilegal; sin embargo, los Vocales demandados dictaron el Auto de Vista 66 de 23 de abril de 2012, dándolas por bien hechas y sin la debida fundamentación ni haber evaluado ni considerado los documentos de descargo presentados oportunamente.