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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1145/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1145/2013

    Fecha: 23-Jul-2013

    II.2.

    II.2.  Mediante memorial de 9 de abril de 2013, el Fiscal asignado al caso solicitó la postergación de la audiencia, alegando que debido a otros compromisos aceptados con anterioridad, no podría hacerse presente en la misma; a lo que el Juez de la causa, decretó rechazando lo impetrado y disponiendo que se notifique al Ministerio Público a efectos de que envíe un suplente legal del titular a la audiencia ya fijada (fs. 4 a 5). 

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • ii)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El principio de celeridad en la tramitación de la solicitud de cesación a la detención preventiva
    • III.2.  Sobre el principio de dirección judicial del proceso
    • será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
    • celeridad;
    • III.3.  De la complementariedad de los principios de la justicia plural en la tramitación de solicitudes de cesación a la detención preventiva
    • III.4.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho con relación al principio de celeridad
    • III.5.  Análisis del caso concreto

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