I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por intermedio de su abogada, ratificó su acción de amparo haciendo relevancia al hecho de que Edwin Galeón Alcón se le vulneró su derecho al trabajo con el memorándum de destitución, puesto que se le acusa en un proceso, de no haber cumplido una circular; sin embargo se ha expuesto ampliamente y se ha demostrado en el proceso interno que recién tuvo conocimiento de estas circulares e instructivos que señalan los descuentos por días no trabajados por el paro de salud de los médicos que hubo en febrero, marzo, abril y mayo de 2012, iniciándosele extrañamente el 14 de mayo de ese año, proceso administrativo interno, aspectos que no fueron considerados en la Resolución 018/2012, ni en los recursos revocatorio y jerárquico vulnerando el debido proceso al no tomar en cuenta las pruebas señaladas, lo que hace ver que toda esta inobservancia tenía como finalidad destituirle de su fuente de trabajo, con la única consigna de disponer del ítem que ocupaba, ya que las Resoluciones emitidas en el proceso administrativo interno no tienen fundamentos jurídicos y ni una relación que pueda sustentar su decisión, por cuanto en un análisis fuera de con texto deciden directamente su destitución, por lo tanto reitera la nulidad de las Resoluciones Administrativas referidas y la anulación del ilegal memorándum de destitución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.2. La estabilidad laboral y los mecanismos de protección existentes en nuestra legislación
- 3) En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT y art. 9 del DR, en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
