Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
II.13.
II.13. Mediante memorándums 037/2011 y 038/2011 de 4 de noviembre y 23 de agosto de 2011 respectivamente, suscritos por Juan Carlos Salazar Torrez, Director Técnico del SEDCAM, en cumplimiento de las Resoluciones Administrativas de recurso jerárquico, se dispuso la destitución de las funciones de los accionantes, por el incumplimiento e inobservancia del ordenamiento jurídico y administrativo vigente (fs. 116 y 118).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Derecho al trabajo
- Fragmento 22
- III.2.2. Derecho al debido proceso
- III.2.3. Derecho a la defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR