SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
II.8.
II.8. Cursa el Auto inicial de proceso administrativo interno 04/2011 de 11 de febrero, suscrito por la sumariante del SEDCAM de La Paz, Cinthya Quispe Silva, por el que se instauró proceso interno contra los accionantes y Teófilo Freddy Maydana Yahuita, por no haber observado el procedimiento para la suscripción de convenios de alquiler de maquinaria y contravención al ordenamiento jurídico administrativo, en conformidad al art. 22 del DS 23318-A -Reglamento de la responsabilidad por la función pública modificado por el DS 26237- (fs. 65 a 67). Proceso en el cual Ernesto Reynaldo Bacarreza Arce, presentó a la referida autoridad sumariante, informe de compra de repuestos de la unidad D7-80 (fs. 68 a 69).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Derecho al trabajo
- Fragmento 22
- III.2.2. Derecho al debido proceso
- III.2.3. Derecho a la defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR