SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013-L

Fecha: 16-Ago-2013

II.4.

II.4.    La Directiva de la Asociación de Comerciantes Minoristas Salvador Sánchez Vargas, mediante memorial de 9 de julio de 2007, firmado por la referida directiva y el abogado Antonio Germán Gutiérrez Gantier -ahora codemandado-, dirigido al Concejo Municipal de Sucre, solicitó se revoque la decisión de abrogar la Ordenanza Municipal 172/04 y se ratifique el contenido de la misma; reiterando dicha solicitud el 20 de febrero de 2008; de igual manera el 26 de noviembre del citado año, ante la misma instancia, Willy Llave Valencia y Dionicio Ramos Mamani, representantes de la citada Asociación, reclamaron el cumplimiento de la transferencia del inmueble que hace referencia la Ley 3697; a cuya consecuencia, el Presidente y el Secretario del Concejo Municipal, mediante nota de 12 de diciembre del citado año respondieron indicando que no es su competencia, “autorizar o instruir sobre elaboración o suscripción de minutas” (sic) (fs. 1 a 5 y 8 a 9).