SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013-L

Fecha: 16-Ago-2013

REVOCAR

El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su Sala Liquidadora Transitoria; en virtud a lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución  280/2011 de 2 de septiembre, cursante de fs. 361 a 364, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre reconozca y dé cumplimiento a los efectos de autorización de transferencia dispuestos por la Ley 3697, debiendo ese ente municipal, en consecuencia, dentro del marco legal de su autonomía, corregir los actos errados en los que incurrió al desconocer la vigencia de la Ley indicada, además de asumir en ese mismo marco y conforme a la Constitución Política del Estado, las decisiones y actos concernientes a la disposición del bien inmueble de su propiedad con 9.000 m2, donde se hallan ubicados el Mercado Salvador Sánchez Vargas y el Micro Mercado “El Morro”, de acuerdo a los razonamientos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.