Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
II.9.
II.9. Por nota de 14 de marzo de 2011, el Concejo Municipal de Sucre, hizo conocer a la tantas veces referida Asociación de comerciantes que se emitió la Ordenanza Municipal 097/07, en razón de que los bienes del Estado no pueden ser objeto de transferencia alguna, en tal sentido, instruyeron al Ejecutivo Municipal, realice las gestiones para la abrogación de la citada ley (fs. 39).
- acción de cumplimento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- III.3. En cuanto a la transferencia de bienes del estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR