SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
Fragmento 37
Emitida la providencia de 8 de junio de 2010, que determinó citar y emplazar a la accionante y Rogelio Chávez Pérez para que hagan la devolución del bien inmueble ubicado en la calle Libertad 170 esquina Florida, zona Central dentro del plazo de veinte días, se presentó solicitud de aclaración, explicación y complementación mediante memorial de 18 del referido mes y año -como se mencionó en la Conclusión II.8-, que originó la dictación del Auto 255/10 de 19 de junio 2010, que la denegó; siendo apelada por la accionante con el argumento de que: i) Se desconoció las normas procesales de orden público y de cumplimiento obligatorio; y, ii) La jurisprudencia emitida por la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo de Justicia- estableció que la fianza de resultas sólo es aplicable a los juicios ejecutivos y sumarios no así a los solemnes u ordinarios; empero, el Auto de Vista 204/2010 de 11 de octubre, únicamente hace mención a que no existe razonable vulneración a derecho alguno de la accionante; y, que las partes tuvieron igualdad de oportunidades para ejercer sus derechos durante el proceso, apartándose del principio procesal de pertinencia y congruencia, expuesto en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en el que citando al art. 236 del CPC se indicó: “El auto de vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación y fundamentación”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- III.2. La fianza de resultas y la ejecución provisional de la sentencia; así como, el rol del juez en el proceso civil
- 2
- uno de los medios para prevenir y enfrentar la dilación de los procesos, por efecto de la conducta de los sujetos procesales y que se haga efectiva y de una vez una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, el legislador ha previsto el instituto jurídico de la ejecución provisional de sentencia
- si la Sentencia de primera instancia ha sido confirmada por el Tribunal de alzada el vencedor podrá solicitar al Juez de primera instancia la ejecución provisional de la Sentencia
- no sólo es un director del proceso sino también en un verdadero activista y defensor de los derechos y las garantías constitucionales de los sujetos procesales
- III.3. Derecho al debido proceso
- III.4. El recurso de apelación y el principio de congruencia
- delimitar el campo de acción de las partes y del órgano jurisdiccional en la que condiciona su desenvolvimiento
- entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto;
- III.5. El derecho a la defensa y su alcance
- III.6. La tutela judicial efectiva como garantía constitucional
- la seguridad jurídica’ al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución, las normas internacionales de derechos humanos reconocidos y/o ratificados por el país (que conforman el bloque de constitucionalidad) y las leyes
- III.8.
- III.9.1. Sobre la ejecución provisional de la Sentencia 86/09 de 24 de junio de 2009, encontrándose pendiente el recurso de casación
- Fragmento 35
- III.9.2. Respecto al ofrecimiento de la fianza de resultas, su aceptación y trámite seguido por el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial
- Fragmento 37
- III.9.3. Sobre el pronunciamiento del Auto de Vista 204/2010 de 11 de octubre
- en su elemento de hacer uso de los recursos y de ofrecer prueba
- Fragmento 40
- III.9.4. En relación a la orden de librar mandamiento de desapoderamiento, dispuesto por Merlín Zenteno Gonzales, Juez Sexta de Partido en lo Civil y Comercial
- III.10. Terminología aplicable en las acciones de amparo constitucional
- 1º CONFIRMAR en parte