Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
II.3.
II.3. Informe AN-UTIPC-OCI 067/2010, emitido por los Inspectores U.T.I.S.A., y el Profesional en sistemas de la ANB, presentado el 7 de junio de 2010, sobre la presunta responsabilidad administrativa de la accionante, por incumplimiento de normativa en calidad de funcionaria de la Administración de Aduana de Zona Franca Industrial El Alto, para su envío a la autoridad sumariante (fs. 78 a 80).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. El plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional e inicio del cómputo.
- El cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo, es desde la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR