SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

i)

La accionante por medio de su representante, señala que los demandados  vulneraron su derecho de acceso a la justicia, al debido proceso en sus vertientes a obtener fallos debidamente fundamentados y el principio de “legalidad” toda vez que: i) El Juez Primero de Sentencia Penal mediante Auto 56 de 3 de diciembre de 2009, desestimó la querella sin fundamento ni motivación alguna ni adecuarse a lo previsto en el art. 376 del CPP; ii) Los Vocales demandados al conocer el caso en apelación emitieron el Auto de Vista 203 de 10 de noviembre de 2010, que declaró admisible e improcedente el recurso de apelación interpuesto, Resolución que contiene una interpretación errada del art. 335 del CP, que acomodó la interpretación de los vocablos engaño y artificios, sin mayor fundamento ni motivación; y, iii) No tomaron en cuenta el voto disidente de los Vocales Jimmy Fernando López Rojas y Edgar Carrasco Sequeiros, que en el nuevo sorteo no participó el primero de los nombrados, y se llevó a cabo con el Vocal Sigfrido Soleto Gualoa; por otro lado no conoció el nuevo sorteo que dio lugar a otro relator, ni se tomó en cuenta el debido proceso en su vertiente de fundamentación de los fallos.