Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 57 de 27 de octubre de 2011, cursante de fs. 569 vta. a 572 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Cristina Vaca Gómez contra Editha Pedraza Becerra, William Torrez Tordoya y Alain Núñez Rojas, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El recurso de apelación incidental, la resolución de alzada y su relación con el principio de congruencia
- el derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- “Se garantiza el sistema de impugnación en los procesos judiciales”
- no obstante, también en coherencia con una de las finalidades del Tribunal Constitucional, que es el respeto y protección a los derechos fundamentales, de manera excepcional y si es que en dicha labor o competencia exclusiva de interpretación se han lesionado derechos fundamentales, se abre la tutela o protección que brindan las acciones de defensa…”
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- 1º CONFIRMAR en parte
- 3º