SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

II.5.

II.5.  Ana Cristina Vaca Gómez, por memorial de 9 de agosto de 2010, presentó recurso de apelación contra el Auto que resolvió la objeción de querella, expresando: a) El proceso sustanciado en el Juzgado Sexto de Partido de Familia, que tiene como demandante a María Olga Mendía Gandarilla no fue iniciado por ella, pues efectuado el peritaje grafotécnico de las firmas insertas en la demanda de divorcio y demás memoriales, se concluyó que las mismas no son de su autoría; b) El trámite fraguado en el referido Juzgado, que supuestamente siguió María Olga Gandarilla contra Orlando Parada Vaca, fue utilizado en el proceso de reconocimiento de unión libre y otros que sigue contra Orlando Parada Vaca, resultando afectada por la falsificación, lo que acredita su condición de víctima; c) Los tipos penales denunciados, llevan un elemento central, el de causar perjuicio, o sea que el sujeto pasivo puede ser cualquier persona que sufra un detrimento o perjuicio, por lo que afirmar que en una falsedad de firma, sólo puede ser víctima el titular de la misma, representa un desconocimiento normativo; y, d) Mas allá de desconocer su condición de víctima, se pretende dejar en la impunidad delitos que no sólo afectaron a su persona, sino al órgano jurisdiccional (fs. 208 a 210 vta.).