SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1244/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1244/2013

Fecha: 01-Ago-2013

a)

Maritza Suntura Juaniquina y Pastor Segundo Mamani Villca, Magistrados de la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, presentaron informe escrito, cursante de fs. 42 a 44, en el que señalan: a) El recurso de casación consta de nueve puntos, de los cuales no todos contienen expresión de agravios; en ese sentido, el I y IR, hacen alusión al derecho de recurrir, transcribiendo normas constitucionales y de tratados internacionales sobre el debido proceso, derecho a la igualdad, impugnación y principios procesales; en el punto III se hace un análisis de los antecedentes del Auto impugnado; b) En concreto, los puntos I, II, III, IV, VII, VIII y IX, no fueron motivo del recurso de casación, tal cual se estableció en el Auto Supremo 306/2012-RA, sino los acápites V y VI; y, c) El Auto Supremo impugnado contiene una debida fundamentación; así, su apartado II alude a los motivos de casación, el fundamento IB., efectuó un análisis del cumplimiento de los requisitos de procedibilidad, admitiéndose de esta manera los agravios identificados como primero y segundo del señalado Auto Supremo, más no así del memorial de apelación, como el accionante pretende hacer creer, por lo que carece de sustento legal la afirmación referente a vulneración de los derechos de éste, por incongruencia omisiva y falta de fundamentación.