Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1260/2013
Fecha: 01-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa y a los principios de verdad material, impugnación e igualdad procesal; por cuanto, habiendo expresado los agravios en su recurso de apelación, denunciando los hechos irregulares suscitados en la audiencia de juicio oral, respecto de su desarrollo y la emisión del Auto impugnado, las Vocales demandadas, con argumentos infundados e incorrectos, no dieron respuesta a los mismos, dado que no ingresaron al fondo de la pretensión, asumiendo una posición formalista, superficial y alejada del espíritu del art. 180 de la CPE, que establece los principios de verdad material e impugnación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. El incidente de actividad procesal defectuosa es el mecanismo idóneo para reclamar presuntas irregularidades en la fase de juicio oral
- III.5. El recurso de apelación restringida como medio idóneo de impugnación en etapa de juicio oral
- el recurso sólo será admisible si el interesado ha reclamado oportunamente su saneamiento o ha efectuado reserva de recurrir,
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR