Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2013
Fecha: 08-Ago-2013
9. Protección del Medio Ambiente.
9. Protección del Medio Ambiente. El desarrollo y explotación de los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, deberá realizarse en armonía con el medio ambiente, debiendo los operadores y proveedores cumplir con la legislación ambiental y con los derechos de la Madre Tierra.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- a)
- rechazó
- I.2. Admisión y citación
- i)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.2. Alcances del derecho a la libertad de expresión
- II.
- IV.
- “Artículo 1. (OBJETO).
- I. El espectro electromagnético es un recurso natural, de carácter estratégico, limitado y de interés público cual es parte el espectro radioeléctrico,
- 1. Acceso universal.
- 5. Inviolabilidad.
- 9. Protección del Medio Ambiente.
- 10. Solidaridad.
- “Artículo 40. (REVOCATORIA).
- III.4. Análisis del caso concreto y test de constitucionalidad
- espectro electromagnético
- El incumplimiento de la ley dará lugar a la reversión o anulación de los derechos de uso o aprovechamiento
- CONSTITUCIONALIDAD