Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2013
Fecha: 08-Ago-2013
I.2. Admisión y citación
Mediante Auto Constitucional (AC) 0030/2013-CA de 14 de febrero, cursante de fs. 47 a 51, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la RA ATT-DJ-RA 0003/2013 de 17 de enero, en cuyo mérito admite la acción de inconstitucionalidad concreta, disponiendo se ponga en conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como personero del órgano que generó la norma impugnada; a efectos de su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de quince días, citación que se efectuó mediante cédula el 12 de marzo de 2013; conforme consta de la diligencia cursante a fs. 75.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- a)
- rechazó
- I.2. Admisión y citación
- i)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.2. Alcances del derecho a la libertad de expresión
- II.
- IV.
- “Artículo 1. (OBJETO).
- I. El espectro electromagnético es un recurso natural, de carácter estratégico, limitado y de interés público cual es parte el espectro radioeléctrico,
- 1. Acceso universal.
- 5. Inviolabilidad.
- 9. Protección del Medio Ambiente.
- 10. Solidaridad.
- “Artículo 40. (REVOCATORIA).
- III.4. Análisis del caso concreto y test de constitucionalidad
- espectro electromagnético
- El incumplimiento de la ley dará lugar a la reversión o anulación de los derechos de uso o aprovechamiento
- CONSTITUCIONALIDAD