SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1331/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1331/2013

Fecha: 15-Ago-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, se ratificó in extenso en los fundamentos de su demanda, añadiendo que el primer derecho fundamental que se vulneró es el derecho a la petición establecido en el art. 24 de la CPE al haber interpuesto el recurso de apelación contra el Auto que rechazó la cesación de la detención preventiva que lleva implícito la petición de la remisión de los actuados procesales al Tribunal departamental de Justicia para que a través de la Sala Penal sea resuelto; sin embargo, las actuaciones aún no fueron remitidas, extremo que debió ser corregido por la autoridad demandado vulnerando el art. 168 del CPP que es de cumplimiento obligatorio, y finaliza solicitando se conceda la tutela impetrada. Asimismo, ante la pregunta del Juez de garantías si había solicitado por escrito a la autoridad demandada la remisión de antecedentes emergente del recurso de apelación, manifestó que no lo hizo.