Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1348/2013
Fecha: 15-Ago-2013
II.4.
II.4. Mediante RA de Recurso de Revocatoria 11/2012 de 17 de septiembre, el Sumariante I del SEDES, ratificó la RA 20/2012 en todas sus partes, considerando que la naturaleza jurídica del recurso de revocatoria, conforme el art. 27 del DS 23318-A modificado por el art. 1 de DS 26237, es proveer al procesado un nuevo término de prueba para ofrecer en el plazo perentorio, otra razón, argumento o evidencia que el sumariante deba conocer para revocar o ratificar la resolución impugnada, no habiendo presentado la procesada nueva prueba ni evidencia para revocar la referida Resolución Administrativa (fs. 132 a 134 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Resolución Administrativa (RA) de Apertura de proceso 17/12 de 28 de junio de 2012
- RA 20/2012 de 27 de agosto
- RA 11/2012 de 17 de septiembre
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- conceda
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. El debido proceso y los principios de fundamentación, motivación en las resoluciones
- III.2.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- respecto a la Resolución de Recurso Jerárquico 22/2012
- conceder
- POR TANTO