SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1359/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1359/2013

Fecha: 16-Ago-2013

1)

José Heraldo Tarqui Flores, Fiscal de Materia, en audiencia informó que: 1) La denuncia fue formulada el 17 de abril de 2013, a las 11:20 horas, contra seis ciudadanos, habiendo cumplido en informar al Juez cautelar de turno; y ese día a las 19:30 horas, se apersonó a dependencias del Distrito Policial 7 y recién a horas 20:30, le informaron de las seis personas arrestadas razón por la que hizo un informe al Juez cautelar; tres fueron arrestados a las 9:00 horas, y otros a las 15:10; 2) Se les dijo a los abogados que los tres imputados que no portaban instrumentos contundentes, iban a ser puestos en libertad, pero serían convocados para el martes; y eso sucedió; 3) Sin embargo, los accionantes a quienes se les encontró con cuchillos, petardos y, que además, agredieron a los efectivos policiales se quedarían en condición de aprehendidos; 4) Richard Vargas Rojas, fue “arrestado” en el interior de un domicilio por allanamiento y a consecuencia de ello los accionantes agredieron a los funcionarios policiales con cuchillos, motivo por el que se los “arrestó”; 5) Se libraron los mandamientos contra los detenidos; asimismo, se les notificó con la Resolución de aprehensión, en la cual cada uno firmó, informándose de su situación jurídica; 6) La declaración informativa fue al día siguiente 18 de ese mes y año, porque su abogada tuvo un contratiempo; y siendo que ellos tenían a su abogada de preferencia, no se justificaba un abogado de oficio; la audiencia empezó a las ocho de la mañana y concluyó inmediatamente, porque ellos rehusaron a declarar, por lo que no ha habido la vulneración a los derechos que refieren; y, 7) Finalmente, no se conoce sobre la objeción que supuestamente presentó la parte accionante.