SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1379/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1379/2013

Fecha: 16-Ago-2013

II.6.

II.6.  A través del Auto Interlocutorio de 17 de abril de 2013, el Juez cautelar demandado, revocó las medidas sustitutivas impuestas al accionante, disponiendo su detención preventiva a ser cumplida en el penal de San Pedro de Oruro; toda vez que, el imputado no cumplió las medidas adoptadas en la Resolución de 3 de febrero de 2012, ni con la de 5 de marzo de 2013, además que concurría el riesgo procesal de obstaculización y que sobre la base de la querella era posible la detención preventiva ya que la acusación y calificación del hecho excedía los tres años, a cuyo efecto, ordenó se expida mandamiento de detención en su contra, el cual fue emitido en la misma fecha; por otra parte, rechazó la solicitud de modificación de medidas cautelares presentada por el imputado y advirtió a las partes que la Resolución era impugnable mediante el recurso de apelación incidental, en el plazo de setenta y dos horas (fs. 25 a 26 y vta.).