SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1382/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1382/2013

Fecha: 16-Ago-2013

Actos procesales que advierten la activación previa de un medio de defensa ordinario con idéntico objeto y causa, al planteado en la presente acción y que se encuentra pendiente de pronunciamiento por el tribunal de alzada, impidiendo a la justicia constitucional efectuar el examen de fondo del problema jurídico planteado

En la audiencia del 2 al 11 de abril de 2013, de consideración de aplicación de medidas cautelares, se definió la situación jurídica de Denis Efraín Rodas Limachi y en la misma, haciendo uso de un mecanismo procesal de defensa, planteó incidente de actividad procesal defectuosa, reclamando la presunta lesión al debido proceso, rechazado que fuere el incidente, recurrido de apelación incidental, se encuentra pendiente de resolución. Actos procesales que advierten la activación previa de un medio de defensa ordinario con idéntico objeto y causa, al planteado en la presente acción y que se encuentra pendiente de pronunciamiento por el tribunal de alzada, impidiendo a la justicia constitucional efectuar el examen de fondo del problema jurídico planteado; por cuanto, concurre la tercera situación excepcional prevista por la SCP 0482/2013, relativo a que:”Cuando el accionante hubiera denunciado los actos restrictivos de su libertad personal o física ante el Juez cautelar, como también, paralela o simultáneamente a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, sobreviene también la subsidiaridad” (lo resaltado fue agregado). Por consiguiente, amerita se deniegue la tutela invocada respecto de esa problemática sin efectuar análisis de fondo por existir subsidiariedad excepcional al estar pendiente de resolución el recurso de apelación incidental planteado por el accionante.